SUBVENCIONES Mejora Accesibilidad y Señalización Turística Rural

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El pasado 20 de enero de 2017 se publicaba la convocatoria: SUBVENCIONES Mejora Accesibilidad y Señalización Turística Rural para fomentar la oferta turística en las zonas rurales de Galicia

Objeto:

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto el fomento de la accesibilidad y señalización de los recursos turísticos en el medio rural para la consolidación de la oferta turística en las zonas rurales a través de la puesta en valor de su riqueza histórica, cultural, patrimonial y paisajística.

Tendrán la consideración de pequeñas infraestructuras turísticas aquellas cuya inversión sea inferior a 120.000 euros (IVA excluido).

Actuaciones subvencionables:

Son subvencionables las actuaciones de mejora de la accesibilidad y de la señalización en los siguientes recursos turísticos:

  • a) Miradores y otros espacios de interés paisajístico.
  • b) Playas marítimas, fluviales, embalses, cascadas
  • c) Bienes integrantes del patrimonio cultural de Galicia, regulados en la Ley 5/2016, del patrimonio cultural de Galicia.
  • d) Senderos gallegos homologados por la Federación Gallega de Montañismo y las actuaciones necesarias para lograr esta homologación.
  • e) Rutas en centros BTT de Galicia pertenecientes a la red de la Xunta de Galicia y las actuaciones necesarias para la inclusión en esta red.
  • f) Rutas e infraestructuras de interés turístico.

En materia de accesibilidad podrán ser objeto de ayuda las siguientes actuaciones:

  • a) Construcción, ampliación o mejora de aparcamientos para el acceso a los recursos definidos en este artículo.
  • b) Creación de las infraestructuras necesarias para el acceso al recurso.
  • c) Construcción de pasarelas, rampas, aparatos elevadores y eliminación de barreras arquitectónicas que mejoren el acceso al recurso y los itinerarios de visita del mismo.
  • d) Construcción o adecuación de aseos adaptados para personas con diversidad funcional.

Respecto a la señalización podrán ser objeto de ayuda las siguientes actuaciones:

  • a) Nueva señalización en carreteras, siempre que cuenten con las autorizaciones de los organismos competentes.
  • b) Paneles interpretativos, tanto tradicionales, como aquellos que incorporen nuevas tecnologías.
  • c) Herramientas tecnológicas que sirvan a los fines contemplados en estas bases (aplicaciones para teléfonos inteligentes, códigos QR, tecnología NFC, audioguías…).
  • d) Colocación de postes y otros elementos conforme a los criterios de homologación de senderos y los específicos de los centros BTT de Galicia.
  • e) Retirada de señalización obsoleta, redundante o deteriorada.

Cuantía de la ayuda:

  • La intensidad de la ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 100 % del coste eligible subvencionable por entidad beneficiaria.
  • La intensidad de la ayuda no superará el importe máximo de 50.000 euros y las diferentes cuantías se establecerán en función de la puntuación obtenida por cada solicitud.

Beneficiarios de la ayuda:

  • a) Ayuntamientos.
  • b) Mancomunidades y consorcios locales
  • c) Agrupaciones de ayuntamientos

Plazo de solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes termina el 20 de febrero de 2017.

  • Será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación
  • Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.
  • Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencemento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

ENLACE A LA CONVOCATORIA OFICIAL:

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